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63rd IFLA General Conference - August 31- September 5, 1997
COMITÉ DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN
INFORME PREPARADO PARA LA REUNIÓN DEL CONSEJO DE LA IFLA EN COPENHAGUE,
DINAMARCA 1997
I Introducción
II Los principios del acceso a la información
y la libertad de expresión
III Ejemplos ilustrativos de áreas
problemáticas
IV Propuestas para una acción estratégica
V Mecanismos para la acción
A.J. EVANS
(Presidente)
I. Introducción
La Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias
(IFLA) ha tratado, desde hace varios años y de diversas formas,
el tema del "Acceso a la información y la libertad de expresión",
pero no ha definido todavía una política sobre este problema
ni ha creado mecanismos concretos para afrontarlo.
Antes de la Conferencia de Estambul, en 1995, el Presidente había
pensado establecer un procedimiento formal para remediar esta situación
y el Consejo manifestó su total apoyo a esta idea, al aprobar la
resolución presentada en la reunión de 1995, en la que confirmó
su compromiso con el contenido del artículo 19 de la Declaración
Universal de Derechos Humanos, tal como se expresó en la 55ª
Conferencia General de la IFLA, en 1989.
Se manifestó entonces una gran preocupación acerca de
la creciente violación del derecho a la libre expresión y
a la libre circulación de la información en muchos lugares
del mundo, cuyo resultado son una serie de limitaciones a la capacidad
de las bibliotecas y de los bibliotecarios para atender a las necesidades
e intereses de sus usuarios.
La creación del "Comité de Acceso a la Información
y Libertad de Expresión" (CAIFE) por el Presidente, después
de la de la Conferencia de Estambul, fué muy bien recibida por los
miembros de la Federación y se encargó a este Comité
la redacción de un informe para ser presentado al Consejo en su
reunión de Copenhague, en 1997. El Comité está formado
por representantes de 32 países de todo el mundo.
Tanto la Junta Ejecutiva como CAIFE, en sus deliberaciones concretas,
aceptaron desde el principio que este tema, a pesar de que interesaba en
todo el mundo, tenía una universalidad limitada en cuanto a la definición
de las acciones que había que emprender, con el fin de tratar adecuadamente
ciertas situaciones problemáticas; aunque no, por supuesto, en cuanto
a realidad de los problemas en si mismos. Se tuvo también en cuenta
la existencia de otros varios organismos nacionales e internacionales que
trabajan en diversos aspectos relativos al aceso a la información
y la libertad de expresión, de modo que la IFLA debería ocuparse
de
los que conciernen a las bibliotecas y a sus posibilidades de atender a
sus usuarios.
En la Sección II se ofrece un esbozo de los principios del acceso
a la información y la libertad de expresión y, en la Sección
III, se dan algunos ejemplos ilustrativos de ciertas áreas problemáticas.
Siguen las propuestas para una acción estratégica, en la
Sección IV y un posible mecanismo para la acción, en la Sección
V.
Como dijo Marianna Tax Choldin en su presentación, en Pekin,
estamos ahora "iniciando una conversación"
II. Los principios del acceso a la información
y la libertad de expresión
Para promover la difusión del conocimiento, la educación
y la cultura en todas las naciones del mundo, es esencial que cualquier
clase de información pueda circular libremente. El acceso a la información
no solo contribuirá al entendimiento universal, sino que permite
que la diversidad de opiniones sea reconocida y respetada y mejorar el
mutuo enriquecimiento entre las diversas culturas.
La Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias
(IFLA) apoya totalmente el Manifiesto de la UNESCO sobre las Bibliotecas
Públicas, insistiendo en la necesidad de que los gobiernos nacionales,
estatales y locales proporcionen a las bibliotecas la legislación
y la ayuda económica adecuadas.
Toda persona debe poder utilizar libre y eficazmente las bibliotecas
para procurarse una formación permanente, una independiente toma
de decisiones y el avance en el desarrollo cultural y económico.
IFLA afirma estos principios y propone las siguientes acciones, que
será preciso emprender para cumplirlos, insistiendo en que los bibliotecarios
y las asociaciones de bibliotecas tienen la responsabilidad fundamental
de apoyarlos y de trabajar para su progreso.
Acciones
-
Las bibliotecas deben estar suficientemente dotadas para poder informar,
mantener el personal y contar con los recursos necesarios para ayudar a
las personas en su formación permanente, su independiente toma de
decisiones y su desarrollo cultural y económico.
-
Los bibliotecarios tienen la responsabilidad profesional de ofrecer en
las bibliotecas que dirigen todas las perspectivas sobre los temas actuales
e históricos; las colecciones y los servicios no deberán
estar sujetos a ningún tipo de censura ideológica, política,
racial, lingüística ni religiosa.
-
Las asociaciones y las bibliotecas deberán recusar cualquier forma
de censura que impida el cumplimiento de su responsabilidad de facilitar
información y formación.
-
El derecho de una persona a utilizar la biblioteca no ha de ser denegado
o limitado por razones de origen, edad, sexo, raza, religión, nacionalidad,
situación social o económica, o por sus ideas.
-
Las bibliotecas deben respetar el derecho a la intimidad personal, tanto
en el uso de información como en el manejo y conservación
de datos personales.
III Ejemplos ilustrativos de áreas problemáticas
Existen y pueden definirse una serie de áreas que precisan especial
atención, entre las que seguidamente señalamos algunas de
las más emblemáticas. En este documento no se pretende, sin
embargo, analizarlas ni se intenta proponer formas específicas de
actuación. Son temas que, tal vez en un futuro, cuando se cree una
plataforma común, será conveniente tratar con mayor detenimiento
y amplitud e incluso formular instrucciones para una actuación correcta.
La serie de situaciones que conciernen a la IFLA, relativas a la restricción
del acceso a la información y a las barreras a la libre expresión,
pueden clasificarse en tres categorías.
-
Situaciones nacionales
El caso más extremo es cuando la censura la practica el estado
en naciones que, por medio de la legislación, se limita la libre
expresión en el ámbito político, étnico, religioso
o respecto a la situación de ciertas minorías, cuando existe
conflicto con la política "oficial", violando abiertamente los derechos
humanos. Aunque muchos de estos países han suscrito uno o más
tratados relativos a derechos humanos (y en concreto,la Declaración
Universal de los Derechos Humanos) pueden argüír que si se
suscitan conflictos con sus leyes y normas, éstos pueden derivar,
por ejemplo, hacia problemas de seguridad nacional.
-
Situaciones locales
-
En algún caso, ciertas organizaciones o grupos de ciudadanos llegan
a imponer su censura a las adquisiciones o a los servicios bibliotecarios
por razones políticas, religiosas, culturales o morales sin "causa
justificada". Esto puede llevar a las bibliotecas o a los bibliotecarios
a renunciar a sus obligaciones profesionales por temor a la reacción
o a las represalias.
-
Las restricciones pueden derivarse de problemas económicos y financieros,
que sean consecuencia de controles locales, o, en su caso, nacionales.
-
Ciertas políticas o prácticas de la biblioteca pueden reprimir
su uso por un parte importante de la población por razones de incapacidad,
escasa alfabetización, cultura o pobreza.
-
Intereses comerciales
-
Restricciones del comercio internacional o nacional que bloquean la libre
circulación de la información
-
Empresas que, por razones económicas, impiden o limitan el acceso
a la información a posibles usuarios.
-
Aspectos legales, como los derechos de autor, en especial cuando implican
la prohibición del préstamo.
IV Propuestas para una acción estratégica
La Federación Internacional de Asociaciones e Instituciones Bibliotecarias
apoya las políticas que defienden el acceso a la información
y la libertad de expresión, tal como se afirma en La Declaración
Universal de los Derechos Humanos, de las Naciones Unidas (art.19), el
Convenio Internacional de las Naciones Unidas sobre Derechos Civiles y
Políticos (art.19), la Carta Africana sobre los Derechos Humanos
y de los Pueblos (art.9), la Convención [Europea] para la Protección
de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (art.10), el Convenio
Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales,
la "Commonwealth Human Rights Iniciative" y otras convenciones semejantes.
La IFLA cooperará con todas las personas y grupos comprometidos
en la resistencia a la limitación de la libre expresión y
del acceso a la información. Así, la IFLA trabajará
en cooperación con los organismos profesionales adecuados y en las
iniciativas que afecten tanto a los creadores (autores, periodistas, científicos,
artistas, ect.) como a los distribuidores de información (editores,
libreros etc.)
El epicentro de la acción formal de la IFLA será, sin
embargo, todo cuanto afecte a las bibliotecas, los bibliotecarios y las
asociaciones bibliotecarias.
En apoyo a la política general, que se acaba de exponer, la IFLA
iniciará una serie de actuaciones, entre ellas:
-
Pedir a los colegas de todo el mundo y a todas las asociaciones bibliotecarias
que suscriban la nueva Declaración de Principios de la IFLA y que
mantengan a la IFLA informada de todos los acontecimientos y las violaciones
que afecten a las políticas adoptadas.
-
Trabajar con otros organismos, como las Naciones Unidas, la UNESCO, la
Asociación Internacional de Editores, la FID, la Alianza para la
Información Mundial y otras importantes organizaciones no gubernamentales,
para que se suscriba y se cumpla el contenido de la Declaración
de Principios de la IFLA.
-
Publicar regularmente un informe y presentarlo al Consejo General de la
IFLA sobre hechos en contra y violación de los derechos de acceso
a la información y a la libertad de expresión.
Si se pide a la IFLA ocuparse de un incidente concreto, la IFLA tratará
de obtener, si es posible, el asesoramiento de las asociaciones bibliotecarias
nacionales del país donde ha ocurrido el incidente. También
someterá el incidente a la consideración de la Comisión
de Derechos Humanos (o organismo similar) de dicho país.
Cuando sea conveniente, la IFLA tratará también de obtener
verificación independiente por parte de los organismos internacionales
sobre Derechos Humanos o de otras organizaciones similares.
Reconociendo las diferencias entre las distintas culturas y situaciones
políticas que existen en el mundo, las estrategias de la IFLA, se
adaptarán a cada situación concreta y consistirán
en:
-
Proporcionar asesoramiento, materiales y asistencia a los bibliotecarios,
bibliotecas o asociaciones bibliotecarias que lo requieran.
-
Actuar por medio de los canales diplomáticos gubernamentales existentes,
para ofrecer diversos tipos de ayuda, como puede ser el patrocinio de misiones
de investigación.
-
Presentar resoluciones, que expresen la preocupación de la IFLA
por determinadas violaciones, a los organismos nacionales competentes y
a las delegaciones internacionales.
V Mecanismos para la acción
Es imprescindible que la IFLA establezca un "mecanismo" para ocuparse de
estos temas. En principio debería constituirse, al menos, en forma
de Comité Permanente, encargado de desarrollar la política
y conducir las actuaciones de la IFLA en este campo. La elección
de sus miembros debería encaminarse a obtener una amplia cobertura
geográfica y a que estuvieran representadas diversas culturas y
diferentes niveles de desarrollo.
Sus funciones podrían ser:
-
Creación de una agencia de información sobre, por ejemplo,
declaraciones políticas, estrategias para la lucha contra las violaciones,
nombres de personas que pueden prestar su ayuda o facilitar contactos con
quienes ha tenido experiencias similares.
-
Utilizar, si es necesario, cualquier medio de comunicación, incluida
IFLANET, para compartir información y tal vez incluso para documentar
y notificar violaciones, teniendo muy en cuenta la cuestiones de confidencialidad
y el peligro de represalias.
-
Actuar de enlace entre la sede de la IFLA y la Junta Ejecutiva (ésta
tendría, en cualquier caso, que tomar la decisión final sobre
el tipo de acción que habria que emprender en caso de importantes
violaciones)
-
Cooperar con otras áreas de actividad de la IFLA, particularmente
con UAP y Copyright, para evitar la innecesaria duplicación de esfuerzos
-
Preparación de los informes ordinarios al Consejo de la IFLA.
En la situación actual del acuerdo sobre lo que la IFLA puede o
debe hacer, sería prematuro establecer una "oficina" como tal, ya
que tendría que funcionar con los limitados recursos destinados
a otras áreas de actividad. Mientras se procuran los medios para
desarrollar esta actividad concreta , la IFLA tendrá que depositar
su confianza en otras organizaciones que ya trabajan en ello.
Sin embargo, es esencial que el Consejo acuerde que ésta es un
área prioritaria para la IFLA y que se le destinen los recursos
necesarios en el momento oportuno.