La Asociación de Bibliotecas de los Estados Unidos de
América (American Library Association) afirma que todas
las bibliotecas son foros abiertos para la información y
las
ideas, y que las siguientes normas básicas deben dirigir
sus
servicios.
I.Con el fin de satisfacer el interés de sus usuarios y
darles acceso a todo tipo de información, toda
biblioteca debe poner sus libros y otros recursos a la
disposición de todos los integrantes de la comunidad a
la cual sirve.
II.Toda biblioteca debe proveer información y materiales
que representen todos los puntos de vista sobre temas
históricos y de actualidad. Ningún material debe ser
prohibido ni retirado de circulación por motivos
doctrinarios o partidistas.
III.En su misión de proveer información sin restricciones,
toda biblioteca debe enfrentarse a todo acto y tipo de
censura.
IV.Toda biblioteca debe cooperar con todos los
individuos y grupos interesados en oponerse a
cualquiera restricción a la libre expresión y el libre
acceso a las ideas.
V.No se le debe negar a ninguna persona el derecho de
usar la biblioteca por motivos de origen, edad,
antecedentes personales o punto de vista.
VI.Toda biblioteca que cuente con espacio disponible
para exhibiciones o reuniones pœblicas, debe
ofrecerlo en forma equitativa, sin tener en cuenta la
creencia o afiliación de los individuos o grupos que
soliciten su uso.
Adoptado el 18 de junio 1948. Enmendado el 2 de febrero de 1961 y
el
23 de enero de 1980 por el Consejo de la Asociación de Bibliotecas
de los Estados Unidos de América (Council of the American
Library
Association).